¿Qué tipo de despido no tiene derecho a paro?

En España, el derecho a cobrar el paro tras ser despedido es un derecho reconocido por la Ley. Sin embargo, existen determinadas situaciones en las que el trabajador no tiene derecho a percibir esta prestación. A continuación, te explicamos cuáles son estos casos.
Existen varios tipos de despido que no dan derecho a cobrar paro. El despido improcedente, que es cuando se despide a un trabajador sin una causa justificada, no da derecho a paro. También el despido disciplinario, que es cuando se despide a un trabajador por faltas cometidas en el puesto de trabajo, no da derecho a paro. Otro tipo de despido que no da derecho a paro es el despido objetivo, que es cuando se despide a un trabajador por motivos económicos, tales como la falta de trabajo o la necesidad de reducir el personal.

¿Qué despidos no tienen derecho a paro? – ¿Los despidos improcedentes?

En España, el paro por despido improcedente se rige por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Según este real decreto, un despido improcedente es aquel que se realiza sin causa justificada por parte del empresario. Es decir, el empresario no tiene ningún motivo válido para despedir al trabajador.

Por otro lado, un despido procedente es aquel que se realiza por una causa justificada. Esto quiere decir que el empresario tiene un motivo válido para despedir al trabajador, como por ejemplo, que éste haya cometido una falta grave.

En el caso de los despidos improcedentes, el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización por despido, así como también tiene derecho a cobrar el paro.

Por lo tanto, en resumen, podemos decir que los despidos improcedentes son aquellos que se realizan sin causa justificada por parte del empresario y, por lo tanto, el trabajador tiene derecho a cobrar el paro.

¿Cuándo no se cobra el paro por despido?

Después de leer el artículo, se puede concluir que no se cobra el paro por despido en los siguientes casos:

1) Si el despido es por falta grave.

2) Si el despido es improcedente.

3) Si el trabajador rechaza una oferta de empleo adecuada.

4) Si el trabajador no acepta una oferta de empleo razonable.

5) Si el trabajador no cumplimenta las obligaciones establecidas en el contrato de trabajo.

6) Si el trabajador no se presenta a la entrevista convocada por el Servicio Público de Empleo.

7) Si el trabajador no se inscribe en el Servicio Público de Empleo.

8) Si el trabajador no acepta una oferta de empleo adecuada.

¿Cómo conseguir que te despidan para cobrar el paro?

Despido improcedente:

El despido improcedente es el despido que se realiza sin una causa justificada, es decir, sin un motivo legítimo que lo justifique. En este caso, el trabajador tiene derecho a cobrar la indemnización por despido improcedente, que es la indemnización que se le debe abonar al trabajador por el despido.

Para cobrar la indemnización por despido improcedente, el trabajador debe presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. En la demanda se deberá indicar el nombre y apellidos del trabajador, la fecha de inicio de la relación laboral, la fecha en la que se produjo el despido y el motivo del despido.

Una vez presentada la demanda, el Juzgado de lo Social notificará a la empresa demandada para que comparezca a la vista. En la vista, el Juzgado de lo Social escuchará a las partes y, en función de las pruebas presentadas, decidirá si el despido es improcedente o no.

Si el Juzgado de lo Social considera que el despido es improcedente, dictará sentencia en la que se establecerá la indemnización a cobrar por el trabajador. La indemnización por despido improcedente se calcula en función de la antigüedad del trabajador en la empresa, siendo la indemnización máxima de 45 días de salario por año de servicio.

Despido procedente: cuándo tienes derecho a cobrar el paro

El despido procedente es aquel en el que se cumple uno de los motivos establecidos en la Ley para que una empresa pueda dar por terminado el contrato de trabajo de un empleado. Estos motivos son:

– Que el empleado haya cometido una falta grave.

– Que el empleado haya estado ausente del trabajo por un período prolongado sin justificación.

– Que el empleado haya cometido un acto de violencia en el lugar de trabajo.

– Que el empleado haya cometido un acto de sabotaje en el lugar de trabajo.

– Que el empleado haya cometido un delito en el lugar de trabajo.

– Que el empleado haya incumplido gravemente sus obligaciones contractuales.

– Que el empleado haya tenido un comportamiento inadecuado en el lugar de trabajo.

– Que el empleado haya cometido un fraude en el lugar de trabajo.

– Que el empleado haya cometido un acto de competencia desleal en contra de la empresa.

– Que el empleado haya divulgado información confidencial de la empresa.

– Que el empleado haya cometido un acto de violencia contra otro empleado de la empresa.

– Que el empleado haya estado involucrado en una actividad ilícita.

– Que el empleado haya cometido un acto de discriminación.

– Que el empleado haya cometido un acto de acoso sexual.

– Que el empleado haya cometido un acto de acoso por razón de sexo.

– Que el empleado haya cometido un acto de discriminación por razón de religión.

– Que el empleado haya cometido un acto de discriminación por razón de raza.

– Que el empleado haya cometido un acto de discriminación por razón de edad.

– Que el empleado haya cometido un acto de discriminación por razón de orientación sexual.

– Que el empleado haya cometido un acto de discriminación por razón de discapacidad.

– Que el empleado haya cometido un acto de discriminación por razón de embarazo.

– Que el empleado haya cometido un acto de discriminación por razón de maternidad.

– Que el empleado haya cometido un acto de discriminación por razón de paternidad.

– Que el empleado haya cometido un acto de discriminación por razón de familia.

Despido improcedente, despido objetivo y faltas de improcedencia son los tres tipos de despido que no tienen derecho a paro. Si usted cree que ha sido víctima de un despido injusto, debe acudir a un abogado para que lo asesore sobre sus derechos y le ayude a interponer la correspondiente demanda.
En España, el despido improcedente es aquel que se realiza sin causa justificada por parte del empresario. El trabajador afectado por este tipo de despido tiene derecho a cobrar una indemnización por despido improcedente, así como también tiene derecho a cobrar el paro.

El despido disciplinario es aquel en el que se despide a un trabajador por haber cometido una falta grave o por haber incumplido una norma fundamental del contrato de trabajo. Este tipo de despido no da derecho a cobrar la indemnización por despido improcedente, ni tampoco da derecho al paro.

Deja un comentario